EXAMEN FÍSICO DE INMIGRACIÓN
$310
INCLUYE - Formulario i693
- Consulta Médica
- Laboratorios Obligatorios
Preguntas frecuentes
1. ¿Quién debe presentar el Formulario I-693?
La mayoría de los solicitantes que solicitan un ajuste de estatus para convertirse en residentes permanentes legales deben presentar el Formulario I-693 completado por un cirujano civil designado. A otros solicitantes también se les puede exigir que presenten el Formulario I-693 completado por un cirujano civil.
2. ¿Qué pasa si soy refugiado y ya realicé un examen médico de inmigración en el extranjero?
Si ahora está solicitando un ajuste de estatus bajo la sección 209 de INA un año después de su primera admisión como refugiado, entonces solo necesita repetir todo el examen médico de inmigración si el médico del panel encontró una condición médica de Clase A durante su examen.
Si el médico del panel no encontró una condición médica de Clase A y, por lo tanto, no necesita repetir el examen médico de inmigración completo, aún así debe cumplir con los requisitos de vacunación. Esto significa que solo necesita presentar la Parte 10. Registro de vacunación y las Partes 1. - 5. y la Parte 7. del Formulario I-693. Comuníquese con su coordinador de salud para refugiados estatal o local para averiguar si un departamento de salud estatal o local puede completar la Parte 10 del Formulario I-693. El departamento de salud también debe completar la Parte 7 de la solicitud de beneficio.
3. ¿Qué pasa si soy titular de una visa K de no inmigrante y ya completé un examen médico de inmigración?
¿en el extranjero?
Si fuiste admitido como:
A. Prometido(a) K-1 o hijo K-2 de un prometido(a) K-1; o
B. Cónyuge K-3 de un ciudadano estadounidense o hijo K-4 de un cónyuge K-3 de un ciudadano estadounidense; y
C. Recibió un examen médico previo a su ingreso, luego:
(1) No está obligado a completar otro examen médico de inmigración siempre que presente su formulario.
I-485 dentro de un año de un examen médico de inmigración completado fuera de los Estados Unidos; y
(a) El médico del panel no encontró una condición médica de Clase A durante su examen médico de inmigración;
o
(b) El médico del panel encontró una condición médica de Clase A, usted recibió una dispensa de inadmisibilidad y
ha cumplido con los términos y condiciones de la exención.
(2) Incluso si no se requiere un nuevo examen médico de inmigración, aún debe mostrar prueba de que cumplió
con los requisitos de vacunación. Si la cartilla de vacunación (DS 3025) no fue debidamente diligenciada y
incluido como parte del informe de examen médico original completado en el extranjero, deberá tener la Parte
10. Registro de Vacunación completado por un cirujano civil designado. En este caso, deberá presentar las Partes 1. - 5.,
7. y 10. del Formulario I-693.
4. ¿Qué pasa si soy un derivado asilado que solicita ajuste de estatus y ya completé un examen médico de inmigración en el extranjero?
Si fue admitido en los Estados Unidos como derivado asilado, generalmente no necesita repetirlo en el momento en que
presentar el Formulario I-485, el examen médico de inmigración completo siempre que:
R. El médico del panel no encontró ninguna condición médica de Clase A durante su examen médico de inmigración realizado fuera de los Estados Unidos; y
B. Usted está solicitando un ajuste de estatus dentro del año de ser elegible para presentar la solicitud.
Sin embargo, debe cumplir con el requisito de vacunación y presentar la Parte 10. Registro de vacunación y partes
1. - 5. y 7. del Formulario I-693 con su Formulario I-485.
5. ¿Qué pasa si soy un ciudadano afgano que ingresó a los Estados Unidos bajo la Operación Bienvenida de los Aliados (OAW), estoy solicitando un ajuste de estatus y ya completé un examen médico de inmigración en el extranjero?
Si usted es un ciudadano afgano que solicita un ajuste de estatus y entró a los Estados Unidos bajo la OAW, no
Tendrá que repetir el examen médico de inmigración presentando el Formulario I-693 si:
• Los resultados del examen médico de inmigración realizado fuera de los Estados Unidos por un médico del panel son
en su A-File y no reporta una condición médica de Clase A;
• El médico del panel completó el examen médico de inmigración no más de 4 años antes de la fecha en que usted
expediente para ajustar estatus; y
• Ninguna evidencia sugiere que haya adquirido una condición médica de Clase A después de ingresar a los Estados Unidos.
6. ¿Puede cualquier médico realizar el examen médico migratorio requerido?
Sólo un médico que haya sido designado por USCIS como cirujano civil puede realizar el examen médico (excepto
excepciones limitadas para cirujanos civiles designados generales del ejército y del departamento de salud). USCIS no aceptará una
Formulario I-693 completado por un médico que no es un cirujano civil designado actualmente.
7. ¿Cómo sé si un médico es un cirujano civil designado?
Los médicos encontrados a través del sitio web de USCIS en www.uscis.gov o a través del Centro de contacto de USCIS generalmente son
vigentes en su designación como cirujanos civiles. Los solicitantes que no estén seguros deben pedir a los médicos que confirmen su condición de
un cirujano civil
8. ¿Quién paga el examen médico de inmigración?
Usted, el solicitante, debe pagar todos los costos del examen médico de inmigración, incluido el costo de cualquier seguimiento.
pruebas o tratamientos que se requieran. Realice pagos directamente al cirujano civil u otro proveedor de atención médica.
9. ¿Cuáles son las causas de inadmisibilidad relacionadas con la salud?
La ley de inmigración de EE. UU. divide los motivos de inadmisibilidad relacionados con la salud en las siguientes cuatro categorías generales:
A. Enfermedades transmisibles de importancia para la salud pública;
B. Falta de prueba de haber recibido las vacunas requeridas;
C. Trastornos físicos o mentales con conducta dañina asociada o antecedentes de conducta dañina asociada; y
D. Abuso o adicción a las drogas.
Consulte la sección 212(a)(1)(A) de INA. Las regulaciones del HHS clasifican estas y otras condiciones médicas en condiciones médicas de clase A o B. Las condiciones médicas de Clase A resultan en inadmisibilidad, mientras que las condiciones médicas de Clase B no.
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